REGISTRO DE MARCA EN CUBA
Para obtener un registro de marca en Cuba se debe enviar conjuntamente con la solicitud, la información de los productos o servicios que serán protegidos y pagar los derechos oficiales. Adicionalmente se tiene que presentar un Poder para representar al solicitante ante la Oficina Cubana de Marcas. Ese Poder puede ser enviado vía on line. La Oficina Cubana de Marcas realizara el examen formal a la solicitud, donde se valorarán los requisitos formales, si el examen es favorable se publicará la marca en el Boletín Oficial durante ese periodo de publicación terceros podrán oponerse o realizar observaciones, de no ocurrir esto se procederá al examen final, donde se tendrá en cuenta que la solicitud de marca no infrinja ninguna de las disposiciones legales descritas en la ley de marcas cubanas. El resultado del examen finaldefinirá la concesión o no del registro de marca.
REGISTRO DE PATENTE EN CUBA
Se deberá presentar toda la documentación requerida que incluye toda la información de los inventores, tres copia de la memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y dibujos si los hubiera, además la copia del Poder y copia del documento de Cesión en los casos que los inventores cedan su invento. La Solicitud se presentará en la Oficina de Patentes de Cuba (OCPI) y se deberá pagar las tasas oficiales. Una vez presentada la solicitud, la OCPI realizara el examen formal para comprobar que toda la documentación fue presentada correctamente, si este examen transcurre satisfactoriamente se publicara la Patente. Una vez transcurrido el periodo de publicación y no haber ocurrido oposiciones u observaciones por parte de terceros, se realizara el examen sustantivo, según el resultado de este examen se concederá o
no la Patente.